PLAZOS PARA QUE SE MATERIALICE LA REFORMA LABORAL

PLAZOS PARA QUE SE MATERIALICE LA REFORMA LABORAL

Los asuntos iniciados con posterioridad al Decreto, continuaran siendo atendidos por las Juntas, así como por la STPS, según corresponda.

Las Juntas locales, Federales, y la STPS continuaran conociendo de los procedimientos, hasta en tanto entren en funciones los Tribunales Federales y Locales y los Centros de Conciliación, esto conforme a los plazos previstos en la publicación realizado el día 01 de mayo, y los cuales son:

180 días Ley Orgánica del Centro de Conciliación y Registro

2 años Registro de Contratos y sindicatos

3 años Centros de Conciliación

4 años Tribunales Laborales

El presupuesto será fundamental para que funcione en la práctica.

 

Lic. Eduardo Bautista Montero
eduardo@ablegal.com.mx
Socio Fundador

 

NOTA IMPORTANTE: este flash informativo ha sido preparado por A&B Legal Advisors para nuestros clientes y colaboradores, de modo que la información contenida en la presente nota es simplemente de carácter general, la firma no asume ninguna responsabilidad por errores u omisiones, sin importar su causa. La información emitida en esta nota no debe ser tomada como una opinión legal y no debe considerarse como substituto de una asesoría profesional específica sobre casos particulares. Si necesita asesoría con relación a problemas individuales o cualquier otra asistencia legal nos ponemos a sus órdenes.

 

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