INICIATIVA CONTRA OUTSOURCING.

Se presentó en el Senado iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social.

La iniciativa prohíbe el régimen de subcontratación ilegal y simulado, además de considerarse como conducta delictiva.

La subcontratación únicamente podrá realizarse en dos supuestos:

  1. Respecto de actividades laborales en las que los trabajadores que el contratista provee exijan de una especialización ajena o accesoria a la actividad preponderante del contratante
  2. La subcontratación de personal eventual o especializado cuya temporalidad no exceda del tiempo que tome el proyecto específico a realizar (se debe de justificar/probar plenamente).

SE CONSIDERAN ACTOS SIMULADOS

  • La subcontratación de personal de trabajo tenga por propósito que el contratista provea de trabajadores para realizar las actividades preponderantes o esenciales, conforme al giro del negocio del contratante.
  • Cuando los trabajadores del contratante hubieren sido transferidos mediante sustitución patronal al contratista, a fin de que éste los asuma como trabajadores propios.
  • La subcontratación tenga por propósito abarcar la totalidad de las actividades laborales del centro de trabajo del contratante.
  • La subcontratación tenga por objeto que los trabajadores que provee el contratista realicen tareas esenciales para la actividad del contratante de conformidad con su giro.
  • El contratista tenga relación profesional, laboral o económica directa con el contratante, o forme parte de la misma empresa, entidad o grupo económico (insourcing) y se actualice cualquiera de las conductas previstas en los incisos anteriores.

Incurrir en estas conductas, el contratante estará obligado a cubrir a los trabajadores el reparto de utilidades por todo el periodo en el que hubieren estado bajo el régimen de subcontratación simulada.

INICIATIVA PROPONE RESPONSABILIDADES

Toca artículos del Código Fiscal de la Federación, Código Penal Federal, Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, asi como multas que pueden ir de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA)

REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE SUBCONTRATACIÓN

Se propone la creación de un Registro Nacional de Empresas de Subcontratación, en el cual deberán estar inscritos los contratistas a fin de celebrar cualquier contrato de subcontratación, la cual podrá llevar a cabo inspecciones para verificar el cumplimiento de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social.

EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL

De adiciona como sujetos de aseguramiento de régimen obligatorio a las personas trabajadoras sujetas al régimen de subcontratación y se considera como contratante a aquella persona física o moral que lleva a cabo actividades de dirección, supervisión o capacitación respecto de las personas trabajadores sujetas al régimen de subcontratación. 

Lic. Eduardo Bautista Montero
eduardo@ablegal.com.mx
Socio Fundador

 

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