DESPIDO INJUSTIFICADO POR CAUSA DE EMBARAZO O DEL PERIODO POST PARTO.

En sesión del día de hoy, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentó importante precedente para las madres trabajadoras, al resolver una contradicción de criterios a través de la cual tutela los derechos de la mujer que es víctima de un despido injustificado por causa de su embarazo o del periodo post parto.

La Sala determinó que, cuando en un juicio laboral se reclama el despido de una trabajadora con motivo de un acto discriminatorio de su patrón, como lo es el terminar la relación laboral con motivo de su embarazo, la autoridad jurisdiccional debe aplicar la herramienta de perspectiva de género.

Ello implica que no basta que el patrón ofrezca el empleo durante el juicio, para quedar eximido de la obligación legal de probar la causa de despido. Por tanto, en asuntos donde la trabajadora alegue como base del despido una discriminación por razón de género, con motivo del embarazo o del período de post parto, la carga de la prueba recae en el patrón, quien deberá acreditar la ausencia de tal discriminación y en todo caso la causa que lo motivó.

Con esta resolución, la Segunda Sala atiende a la condición física y social de la trabajadora embarazada, extendiendo su protección durante el embarazo, el período posterior al parto, y al ámbito de las relaciones laborales.

 

Lic. Eduardo Bautista Montero
eduardo@ablegal.com.mx
Socio Fundador

 

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